Las detenciones que realicen las corporaciones policíacas del Estado de México, tanto estatal como municipales, durante manifestaciones feministas deberán registrarse en medios electrónicos audiovisuales.
El pasado martes 9 de agosto se publicó el Protocolo de Actuación Policial para la Seguridad y Atención de Manifestaciones en Pro de los Derechos de las Mujeres,en la Gaceta del Gobierno del Estado de México, con el fin de garantizar la seguridad y transparencia de las acciones policíacas en manifestaciones feministas. Las detenciones que realicen las corporaciones policíacas del Estado de México, tanto estatal como municipales, durante manifestaciones feministas deberán registrarse en medios electrónicos audiovisuales, con fines de transparencia y rendición de cuentas. Gaceta oficial El Gobierno del Estado de México emitió el protocolo que se empleará durante marchas feministas, donde se precisa a las y los agentes de seguridad qué hacer, cómo actuar ante protestas que involucren destrucción o intervención de símbolos imágenes o monumentos sin violentar derechos y garantizando una actuación con perspectiva de género. "El objeto del presente protocolo es promover, respetar, proteger y garantizar el libre ejercicio de los derechos de todas las personas que se vean involucradas directa o indirectamente en las manifestaciones o reuniones públicas en pro de los derechos de las mujeres, salvaguardando su integridad personal, derechos, bienes y para preservar la paz social o restablecer el orden público", así lo expresa el apartado de generalidades. El deber de respetar a las personas En el quito apartado del comunicado se leen las acciones que los agentes de las entidades municipales y estatales deben respetar durante las manifestaciones; Los servidores públicos están obligados a: Adoptar todas las medidas para garantizar el ejercicio de los derechos de todas las personas que intervengan directa o indirectamente en las manifestaciones, así como de los grupos en situación de vulnerabilidad. Conocer la información relativa a zonas de seguridad y el lugar donde se realizarán las acciones o medidas para la protección de las personas, los medios de coordinación y la ubicación de los servicios de urgencias y primeros auxilios, así como de protección civil. Actuar con apego y respeto de los derechos humanos, disciplinados, con acciones efectivas y profesionales, así como con espíritu de servicio que consiste en desempeñar el empleo, cargo o comisión en estricto cumplimiento del deber, de manera profesional, diligente y amable. Mantener presencia y distancia razonable de los contingentes durante el desarrollo de las manifestaciones o reuniones hasta su conclusión, para garantizar el ejercicio de sus derechos y si así se requiere, den respuesta oportuna. Uso de la fuerza En el documento se precisa, en el capítulo VI. “Uso de la fuerza”, que ésta se ejercerá de conformidad con la Ley Nacional, así como los Protocolos Nacional y Estatal sobre el Uso de Fuerza, y quienes son agentes "por ningún motivo podrán hacer uso de armas en contra de quienes participen en manifestaciones o reuniones públicas pacíficas con objeto lícito”. "Durante una manifestación sólo se procederá a la detención bajo los supuestos de un delito o falta administrativa flagrante. En el momento que se materialice cualquier detención, de manera inmediata se sujetará a lo señalado en el Código Nacional de Procedimientos Penales, o bien, en el Bando de Municipal correspondiente.", se explica en el documento. En caso de que en las manifestaciones o reuniones públicas se comiencen a realizar actos violentos, que pongan en riesgo la integridad física tanto de los asistentes como de los agentes, y que a su vez alteren el orden público: “Se deberá considerar la presencia de agentes capacitados para llevar a cabo negociaciones y procedimientos de disuasión y persuasión, que den como resultado que los manifestantes cedan de dichas conductas agresivas, mismos que deberán apegarse a los niveles de uso de la fuerza establecidos en la Ley Nacional, a los principios que rigen su actuar y los protocolos existentes para ello". Destaca que las detenciones deberán ser registradas en medios electrónicos audiovisuales que serán accesibles por los medios que establezcan las disposiciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales.
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