jueves, 1 de septiembre de 2022

Eliminación del delito de ultrajes en Edomex es analizado por Legislatura Mexiquense

 El legislador, Jorge García Sánchez, de la bancada de Morena, argumentó que la gente debe tener a salvo su derecho a expresarse y mostrar desacuerdo o desprecio en contra de la decisiones o acciones de la autoridad.

La comisión legislativa de Procuración y Administración de Justicia, de la Legislatura mexiquense, inició el análisis de la iniciativa de ley que busca eliminar del Código Penal del Estado de México el delito de ultrajes por considerar que es anticonstitucional al contraponerse a la libertad de expresión de la cual goza toda persona. En la iniciativa de ley se señala que este delito está tipificado en 25 de las 32 entidades, pero la Corte ya lo declaró inválido en Veracruz y en la Ciudad de México, por contravenir con el principio de libertad de expresión, por lo cual es conveniente retirarlo de la legislación mexiquense y permitir que la gente exprese su malestar contra alguna autoridad. A propuesta del diputado Jorge García Sánchez, de la bancada de Morena, se busca derogar los artículos 126 y 127, piden se actualice la norma penal y ya no se contemple la figura penal que ya fue declarada inconstitucional por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Consideró que la redacción de ambos artículos es ambigua, imprecisa y demasiado amplia, aunado a que es letra muerta en la entidad desde el año 2015 a la fecha, en la cual no se han presentado denuncias, apegado a su elevado castigo. El legislador argumentó que la gente debe tener a salvo su derecho a expresarse y mostrar desacuerdo o desprecio en contra de la decisiones o acciones de la autoridad. “De continuar vigente este tipo penal se podrían restringir discursos impopulares y de inconformidad contra la autoridad y podría ser un arma para callar a la ciudadanía” por lo cual deben desaparecer los artículos 126 y 127 del Código Penal. ¿Qué es el delito de ultrajes? La legislación actual identifica como ultrajes “toda expresión directa o indirecta o toda acción ejecutada contra algún servidor público, estatal o municipal, o contra instituciones públicas que pueda implicar ofensa o desprecio”. La sanción actual es de seis meses a dos años de prisión y de 30 a 150 días de multa, cuando se dirija a instituciones públicas, pero si se comete en contra de alguna persona servidora pública es de seis a 12 meses de cárcel y de 30 a 100 días multa. Reclama Movimiento Ciudadano La diputada Juana Bonilla Jaime, de Movimiento Ciudadano, reclamó que no se haya considerado la propuesta que esta bancada presentó el pasado 22 de febrero y sólo se tome en cuenta la de marzo de Morena, a pesar de tener el mismo objetivo y argumentos similares, por lo que pidió se integre en una segunda reunión. 



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