Toluca, México.- A diez meses de haber aceptado los señalamientos de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México respecto a las condiciones en que opera la cárcel municipal, la autoridad local no ha hecho cambios significativos.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación 18/2014 al presidente municipal de Tlalnepantla de Baz, como resultado de las inadecuadas condiciones de la cárcel de San Juan Ixhuatepec, la cual no reúne lo mínimo indispensable para dar protección y garantizar la estancia digna de las personas privadas de la libertad.
Para no acatar lo acordado, los representantes municipales esgrimieron excusas y evadir la observancia del correcto acondicionamiento de la cárcel, entre ellas el estado psicofísico de las personas recluidas, la infestación de plagas de insectos en los insumos, la destrucción del retrete y la ausencia de agua, incluso estos dos últimos elementos, señalaron que podrían constituir cierto riesgo para la integridad de los detenidos.
Mencionaron que era imposible dotar de ventilación a las galeras, debido a la estructura del edificio, sin embargo, la CODHEM determinó que las presuntas inconveniencias pueden superarse con una correcta implementación del deber de cuidado, supervisión y vigilancia al interior del espacio de confinamiento.
La CODHEM estableció que lo anterior debe implicar un compromiso para lograr la confianza ciudadana a través de instrumentos, mecanismos e infraestructura que den incertidumbre en la aplicación de la ley, en el apego a los principios de legalidad, en el deber de custodia y en el debido proceso.
La Comisión de Derechos Humanos del Estado de México emitió la recomendación 18/2014 al presidente municipal de Tlalnepantla de Baz, como resultado de las inadecuadas condiciones de la cárcel de San Juan Ixhuatepec, la cual no reúne lo mínimo indispensable para dar protección y garantizar la estancia digna de las personas privadas de la libertad.
Para no acatar lo acordado, los representantes municipales esgrimieron excusas y evadir la observancia del correcto acondicionamiento de la cárcel, entre ellas el estado psicofísico de las personas recluidas, la infestación de plagas de insectos en los insumos, la destrucción del retrete y la ausencia de agua, incluso estos dos últimos elementos, señalaron que podrían constituir cierto riesgo para la integridad de los detenidos.
Mencionaron que era imposible dotar de ventilación a las galeras, debido a la estructura del edificio, sin embargo, la CODHEM determinó que las presuntas inconveniencias pueden superarse con una correcta implementación del deber de cuidado, supervisión y vigilancia al interior del espacio de confinamiento.
La CODHEM estableció que lo anterior debe implicar un compromiso para lograr la confianza ciudadana a través de instrumentos, mecanismos e infraestructura que den incertidumbre en la aplicación de la ley, en el apego a los principios de legalidad, en el deber de custodia y en el debido proceso.
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