miércoles, 30 de octubre de 2013

Publican reformas al Código Penal Federal en materia de indulto

México D.F.- La Secretaría de Gobernación (Segob) dio a conocer que se adiciona un Artículo 97 Bis al Código Penal Federal con el cual el titular del Ejecutivo podrá conceder, de manera excepcional, el indulto a un sentenciado cuando existan indicios de violaciones graves de sus derechos humanos.
El artículo establece que por sí o a petición del pleno de alguna de las cámaras del Congreso de la Unión, el titular del Poder Ejecutivo federal podrá conceder el indulto, por cualquier delito del orden federal o común en el Distrito Federal.
Esto, agrega, previo dictamen del órgano ejecutor de la sanción en el que se demuestre que el sentenciado no representa un peligro para la tranquilidad y seguridad públicas, expresando sus razones y fundamentos, cuando existan indicios consistentes de violaciones graves a sus derechos humanos.
El ordenamiento, que entrará en vigor mañana, indica que el Ejecutivo federal deberá cerciorarse de que la persona sentenciada haya agotado previamente todos los recursos legales nacionales.
Notimex

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