lunes, 17 de noviembre de 2014

Establecerán la Procuraduría de Defensa del Menor y la Familia

Toluca, Edomex.- Los diputados locales hicieron cambios a la Ley de Educación para delimitar el concepto de acoso escolar, con lo cual esperan prevenir y detectar los casos que se registren y establecer que la Procuraduría de la Defensa del Menor y la Familia será la encargada de la prevención y eliminación de conductas de acoso escolar en escuelas públicas y privadas del Estado de México, así como del control estadístico de la incidencia.
La propuesta del diputado del PRD, Jocías Catalán y de la legisladora del PAN, Annel Flores, del PAN, advirtieron que era necesario señalar en la ley qué es el acoso escolar, pues la falta de una definición clara y de estadísticas puntuales impiden conocer si aumenta o disminuye el número de casos.
Ahora, las autoridades educativas tendrán la obligación de diseñar y ejecutar un plan de sana convivencia y disciplina escolar, a fin de materializar el derecho de los estudiantes a su seguridad personal, libre de violencia, hostigamiento e intimidación y erradicar conductas violentas que pueden desencadenar la práctica de conductas antisociales o ilegales, pues de no ser atendidas puede derivar en conductas socio-paticas y hasta en suicidios.
El objetivo es que el acoso escolar sea atendido, prevenido, denunciado y sancionado, por la Secretaría de Educación Pública; detectando, atendiendo y denunciando de inmediato ante la autoridad escolar, administrativa o ministerial los hechos, a fin de sancionar la violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manifestación de acoso entre estudiantes.
"Incluyendo aquellos que se comprometan por medios telefónicos, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados, materializando el derecho del estudiante a un ambiente libre de acoso y violencia", precisa el dictamen.
La reforma es a la Ley para la Protección de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de México, a fin de establecer el concepto de acoso escolar: "cuando al menos una persona evalúa como ofensiva, una interacción en la que participan dos o más individuos y se presente de manera reiterada en ámbitos escolares".
Para las tareas de prevención y erradicación del acoso escolar las partes a tratar serían: el agresor, es decir, el sujeto activo de la agresión; agredido, quien recibe el acoso por parte del agresor y los auspiciadores, quienes favorecen la conducta violenta del agresor, ya sea como testigos pasivos, o como incitadores de la violencia.

El Universal

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