Toluca, México.- A efecto de cumplir con lo que establece el Acuerdo Número IEEM/CG/63/2014 del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México y con la finalidad de atender puntualmente los actos relativos a la organización, desarrollo y vigilancia del Proceso Electoral 2014-2015, a partir de este lunes iniciará la instalación de las comisiones permanentes, de una especial y otra temporal del IEEM, las cuales auxiliarán al Consejo General del Instituto en el desarrollo de sus atribuciones.
Cabe señalar que con base en la normatividad electoral, las comisiones permanentes del IEEM son las que por sus atribuciones requieren un trabajo frecuente como es el caso de la Comisión de Organización; la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras; la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión, y la Comisión de Promoción y Difusión de la Cultura Política y Democrática.
Por otra parte, las comisiones especiales son las que se conforman para la atención de actividades sustantivas del Instituto, que por su especial naturaleza no tienen carácter permanente, como es el caso de la Comisión Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, para lo cual el Órgano Superior de Dirección del IEEM debió establecer los motivos de su creación, sus objetivos y tiempo de funcionamiento.
Cabe señalar que con base en la normatividad electoral, las comisiones permanentes del IEEM son las que por sus atribuciones requieren un trabajo frecuente como es el caso de la Comisión de Organización; la Comisión de Vigilancia de las Actividades Administrativas y Financieras; la Comisión Dictaminadora del Registro de Partidos Políticos, la Comisión de Acceso a Medios, Propaganda y Difusión, y la Comisión de Promoción y Difusión de la Cultura Política y Democrática.
Por otra parte, las comisiones especiales son las que se conforman para la atención de actividades sustantivas del Instituto, que por su especial naturaleza no tienen carácter permanente, como es el caso de la Comisión Especial de Vinculación con el Instituto Nacional Electoral, para lo cual el Órgano Superior de Dirección del IEEM debió establecer los motivos de su creación, sus objetivos y tiempo de funcionamiento.
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